Reglamento

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Derecho administrativo
  • El reglamento es el conjunto de normas administrativas subordinadas a la ley, obligatorias, generales e impersonales, expedidas unilateral y espontáneamente por el Presidente de la República, o por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal en virtud de facultades discrecionales que le han sido conferidas por la Constitución o que...

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    El reglamento es el conjunto de normas administrativas subordinadas a la ley, obligatorias, generales e impersonales, expedidas unilateral y espontáneamente por el Presidente de la República, o por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal en virtud de facultades discrecionales que le han sido conferidas por la Constitución o que resulten implícitamente del ejercicio del Poder Ejecutivo.

    Ese conjunto de normas en número superior al de las leyes son creadoras de una situación jurídica general, abstracta, que en ningún caso regula una situación jurídica concreta y son dictadas para la atención pormenorizada de los servicios públicos para la ejecución de la ley, y para los demás fines de la Administración pública. En algunas legislaciones el reglamento se denomina ordenanza, especialmente en la administración municipal. El reglamento facilita la aplicación de la ley. También se alude a los reglamentos sobre el régimen interior de las instituciones administrativas, desde luego excluidos los reglamentos de las corporaciones paraestatales.

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Derecho administrativo
  • El reglamento es una norma o conjunto de normas jurídicas de carácter abstracto e impersonal que expide el Poder Ejecutivo en uso de una facultad propia y que tiene por objeto facilitar la exacta observancia de las leyes expedidas por el Poder Legislativo.

Derecho administrativo
  • Al igual que la ley, el reglamento es un conjunto de normas que regulan la conducta externa humana, de manera general, impersonal, abstracta, obligatoria y coercitiva; se distingue de la ley, en razón de su órgano emisor, toda vez que ordinariamente es dictado por el Poder Ejecutivo, de ahí que resulte ser más fácilmente modificable que la...

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    Al igual que la ley, el reglamento es un conjunto de normas que regulan la conducta externa humana, de manera general, impersonal, abstracta, obligatoria y coercitiva; se distingue de la ley, en razón de su órgano emisor, toda vez que ordinariamente es dictado por el Poder Ejecutivo, de ahí que resulte ser más fácilmente modificable que la ley, lo que no es óbice para la expedición de reglamentos interiores de los otros poderes y de los órganos constitucionales autónomos, sin ninguna intervención del Ejecutivo. En la práctica, los reglamentos pueden clasificarse como emitidos de acuerdo con la ley, en ausencia de la ley y en contra de la ley.

    El reglamento emitido de acuerdo con la ley, es el llamado reglamento heterónomo, así denominado por estar sometido a los dictados de la ley expedida por otro poder, cual es el legislativo, circunstancia que impide su libre desarrollo; en cambio, el reglamento emitido en ausencia de la ley, es el conocido como reglamento autónomo, así llamado por no tener su fundamento en la ley, sino directamente en la Constitución; se trata de un reglamento excepcional, que no requiere de una ley que reglamentar; distinto es el caso de reglamento emitido en contra de ley -y por tanto ilegal-, bien por carecer de fundamento legal y constitucional, o bien por emitirse en infracción de la ley que pretende reglamentar, ya por exceso o por contradicción, situación anómala que puede llegar a contrariar a la propia Constitución, en cuyo caso se tratará de un reglamento no sólo ilegal, sino anticonstitucional.

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Derecho administrativo
  • El reglamento es un acto jurídico formalmente administrativo, tiene su origen en el Presidente de la República, y materialmente legislativo, porque crea situaciones jurídicas generales, abstractas e impersonales, por medio del cual se desarrollan y complementan en detalle las normas de una ley a efecto de hacer más eficaz y expedita su...

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    El reglamento es un acto jurídico formalmente administrativo, tiene su origen en el Presidente de la República, y materialmente legislativo, porque crea situaciones jurídicas generales, abstractas e impersonales, por medio del cual se desarrollan y complementan en detalle las normas de una ley a efecto de hacer más eficaz y expedita su aplicación a los casos concretos determinando de modo general y abstracto los medios para ello.

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Derecho constitucional
  • Es un conjunto de normas de derecho administrativo, que emanan del Poder Ejecutivo Federal, es decir, de la suprema autoridad administrativa. Esas normas tienen por objeto ejecutar las leyes administrativas que expida el Congreso de la Unión. El carácter impersonal y general del reglamento, que asume caracteres similares al de la Ley. El...

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    1. Es un conjunto de normas de derecho administrativo, que emanan del Poder Ejecutivo Federal, es decir, de la suprema autoridad administrativa.
    2. Esas normas tienen por objeto ejecutar las leyes administrativas que expida el Congreso de la Unión.
    3. El carácter impersonal y general del reglamento, que asume caracteres similares al de la Ley.
    4. El reglamento no puede invadir el dominio reservado por la Constitución al legislador, por lo que debe mantenerse el principio se superioridad de la Ley y de la Constitución.
    5. El reglamento debe ser promulgado y publicado para que tenga fuerza legal obligatoria.
    6. El reglamento no debe tener otras cargas, restricciones o modalidades, que las establecidas en la Ley de conformidad con la Constitución.

    En síntesis podemos afirmar que el reglamento administrativo supone una norma dictada por la administración pública en el ejercicio de sus atribuciones con el objeto de facilitar la aplicación de una ley a la que se encuentra subordinado. En México la facultad reglamentaria reside en el presidente de la República.

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Derecho administrativo
  • El reglamento administrativo es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos generales en forma directa.

    El reglamento es actividad administrativa restrictiva a través de instrumentos regulatorios o imperativos, que respetan la reserva de la ley.

Derecho civil
Derecho fiscal
  • Los reglamentos pueden defi nirse como un conjunto de normas generales, abstractas y obligatorias expedidas por el titular del poder ejecutivo, con el objeto de facilitar el cumplimiento de la ley expedida por el Legislativo.

Derecho constitucional
  • Última Actualización
    12/01/2023
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