Ausencia

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Derecho civil
  • Se ha dicho que el domicilio es el lugar donde el derecho tiene por presente a la persona, aunque de hecho no se encuentre ahí en un momento dado, pero es el lugar adonde deberá regresar después del viaje que haya motivado su no presencia. De lo anterior se infiere que para el derecho se está presente, aunque no ...

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    Se ha dicho que el domicilio es el lugar donde el derecho tiene por presente a la persona, aunque de hecho no se encuentre ahí en un momento dado, pero es el lugar adonde deberá regresar después del viaje que haya motivado su no presencia.

    De lo anterior se infiere que para el derecho se está presente, aunque no se esté físicamente en la sede legal, cuando se tiene la manera de localizar a la persona o ésta ha dejado un representante legal.

    Pero esa no presencia en el domicilio puede alargarse sin causa conocida, de tal forma que se ignore cuándo ha de regresar la persona ni se sepa su paradero y exista incertidumbre acerca de si aún vive o ha muerto.

    Cuando una persona se encuentra prolongadamente fuera de su domicilio, se ignora su paradero y se tiene incertidumbre respecto de si vive o ha muerto, nos encotramos en el caso del ausente en el sentido técnico jurídico. En ese sentido, pueden deducirse como elementos para considerar a una persona presuntamente ausente:

    a) No estar en su domicilio prolongadamente ni haber dejado representante legal.

    b) Ignorarse su paradero.

    e) Haber incertidumbre sobre si vive o ha muerto.

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  • Última Actualización
    21/04/2026
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