-
El objeto es la creación de una relación de derecho, o sea, de un vínculo obligatorio consistente en deberes jurídicos y derechos subjetivos. Sin embargo, el Código Civil dispone que el objeto de los contratos es la cosa que el obligado debe dar o el hecho que debe hacer o no hacer. En esto no...
El objeto es la creación de una relación de derecho, o sea, de un vínculo obligatorio consistente en deberes jurídicos y derechos subjetivos. Sin embargo, el Código Civil dispone que el objeto de los contratos es la cosa que el obligado debe dar o el hecho que debe hacer o no hacer. En esto no existe contradicción, pues la definición se refiere al objeto directo o inmediato y el Código al objeto indirecto o mediato, también llamado objeto de la obligación.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho civilSubtítuloIntroducción y personasAutora/or de la PublicaciónEdgard Baqueiro Rojas (Autora/or)Rosalía Buenrostro Báez (Autora/or)EditorialOxfordNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2010ColecciónTextos jurídicos universitariosISBN978-607-426-010-6Página de la definición74
-
Registrado el20/03/2026
-
Última Actualización22/03/2026
-
Consultas221
-
Me gusta0
Libro DestacadoAutora/or Destacada/or

