Delito
-
...es la acción u omisión que castigan las Leyes Penales, es la conducta definida por la ley.
- Autor de la definición
- TítuloCriminologíaAutor de la PublicaciónLuis Rodríguez Manzanera (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación1981ISBN968-432-300-XPágina de la definición21
-
... entendido en el sentido más general de la expresión, será una forma de comportamiento desviado que se considera grave dentro del sistema social y que es calificado como tal por los órganos legislativos con competencia para ello. Lo que caracteriza a todo comportamiento desviado y, por consiguiente, también al delito es su divergencia con...
... entendido en el sentido más general de la expresión, será una forma de comportamiento desviado que se considera grave dentro del sistema social y que es calificado como tal por los órganos legislativos con competencia para ello. Lo que caracteriza a todo comportamiento desviado y, por consiguiente, también al delito es su divergencia con los modelos aceptados de conducta, es decir, con los comportamientos que cumplen con las expectativas sociales institucionalizadas.
- Autor de la definición
- TítuloManual de Derecho PenalSubtítuloParte general. Exposición referida a los derechos vigentes en Argentina, Colombia, Espaí±a, México y VenezuelaAutor de la PublicaciónEnrique Bacigalupo (Autor/a)EditorialTemis, S.A.Número de edición1a.Lugar de publicaciónSanta Fe de Bogota, ColombiaAño de publicación1994ISBN958-35-0002-XPágina de la definición2
-
Acción establecida en el Código Penal contraria a la ley y por la que se debe responder.
Observaciones: "Se lo encontró autor penalmente responsable del delito de exhibiciones obscenas, agravadas por tratarse los afectados de menores de trece aí±os".
- Autor de la definición
- TítuloGlosario Jurídico en Lenguaje ClaroAutor de la PublicaciónMaría Victoria Prícolo (Coordinador/a)EditorialEditorial JusbairesNúmero de edición1Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2019ISBN978-987-768-049-2Página de la definición30
-
Delito es toda conducta que el legislador sanciona con una pena.
- Autor de la definición
- TítuloIntroducción al Derecho PenalAutor de la PublicaciónFrancisco Muñoz Conde (Autor/a)EditorialB de FNúmero de edición2Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2001ColecciónMaestros del Derecho Penal, No 3ISBN987-98334-3-0Página de la definición63
-
El delito es una conducta del hombre, que consiste en la realización de un acto u omisión, descrito y sancionado por las leyes penales.
- Autor de la definición
- TítuloManual del justiciable materia penalAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial de la FederaciónNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-712-283-8Página de la definición7
-
... es la acción que lesiona o pone en peligro un bien jurídico de importancia y a la cual se le asigna una pena, todo ello establecido por la ley.
- Autor de la definición
- TítuloTeoría del derechoSubtítuloAutor de la PublicaciónMáximo Pacheco G. (Autor/a)EditorialJurídica de ChileNúmero de edición4Lugar de publicaciónSantiago, ChileAño de publicación1990ISBN956-10-0132-1Página de la definición229
-
El delito es ante todo acción antijurídica, pero típicamente antijurídica. La decisión respecto a si una determinada conducta cae en la esfera del derecho punitivo, resulta de la consideración de que como fundamento de la exigencia de la ley, no es suficiente cualquiera acción antijurídica sino que se precisa una antijuridicidad especial,...
El delito es ante todo acción antijurídica, pero típicamente antijurídica. La decisión respecto a si una determinada conducta cae en la esfera del derecho punitivo, resulta de la consideración de que como fundamento de la exigencia de la ley, no es suficiente cualquiera acción antijurídica sino que se precisa una antijuridicidad especial, típica y culpable, es decir, el tipo en sentido técnico especial y conforme a la teoría general del derecho aparece como el conjunto de todos los presupuestos a cuya existencia se liga una consecuencia jurídica.
- PaísMéxico
- TipoTesis aislada
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroDelito, Naturaleza del
- ÉpocaQuinta
- InstanciaPrimera Sala
- FuenteSemanario Judicial de la Federación
- NúmeroTomo CXXV
- FechaSF
- TesisSN
- Registro294232
-
Artículo 7o. Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenia el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine ...
Artículo 7o. Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales.
En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenia el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo tenia el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar precedente.
...
-
- PaísChile
- Legislación
- TipoNacional
- Fecha de Publicación1874-12-11
-
Artículo 10.
Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley.
- PaísEspaña
- Legislación
- TipoNacional
- Fecha de Publicación1995-11-24
- Observaciones«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1995 Referencia: BOE-A-1995-25444
-
Última Actualización29/11/2022
-
Consultas26304
-
Me gusta30
Autor/a Destacado/a