Contrato
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Es un acto jurídico bilateral, pues se trata de un hecho que es deseado, en su acaecer y en sus consecuencias jurídicas, por la concurrencia de voluntades de dos partes que interactuan recíprocamente. *Es una fuente de las obligaciones. ... es un acuerdo de voluntades que produce efectos jurídicos, signfia crear,...
Es un acto jurídico bilateral, pues se trata de un hecho que es deseado, en su acaecer y en sus consecuencias jurídicas, por la concurrencia de voluntades de dos partes que interactuan recíprocamente.
*Es una fuente de las obligaciones.
... es un acuerdo de voluntades que produce efectos jurídicos, signfia crear, transferir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
- Autor de la definición
- TítuloContratos CivilesSubtítuloAyuda de memoriaAutor de la PublicaciónLuis Manuel C. Méjan Carrer (Autor/a)EditorialOxfordLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2015ISBN970-613-726-2Página de la definición1
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El contrato se define como un acuerdo de voluntades para crear o transmitir derechos y obligaciones; es una especie dentro del género de los convenios.
- Autor de la definición
- TítuloCompendio de derecho civil IVSubtítuloContratosAutor de la PublicaciónRafael Rojina Villegas (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición27Número de reimpresión1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2001ISBN970-07-2805-6Página de la definición7
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... acuerdo de voluntades destinado a crear una o varias obligaciones sancionadas por una acción judicial.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho romanoAutor de la PublicaciónMarta Morineau Iduarte (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de edición4Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2008ColecciónTextos jurídicos universitariosISBN978-970-613-277-2Página de la definición169
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Artículo 1793. Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos, toman el nombre de contratos.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación1928-05-26
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Última Actualización05/12/2022
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