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El resultado de la acción es la modificación del mundo exterior o el peligro de su producción si se trata, por ejemplo, de amenazas. Entre la acción prevista en la psique del autor y su resultado externo, a través del movimiento corporal, debe existir una relación de causalidad.
- Autora/or de la definición
- TítuloTeoría del DelitoAutora/or de la PublicaciónEduardo López Betancourt (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición14Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2007ISBN970-07-7227-6Página de la definición95
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El resultado, en su más amplia acepción, consiste en el obrar u omitir del hombre que producen un conjunto de efectos en el mundo naturalístico. Dentro de tan amplio concepto, se identifica el resultado con un acontecimiento o suceso, comprendiéndose en él tanto el actuar, positivo o negativo, como los efectos producidos.En un sentido más...
El resultado, en su más amplia acepción, consiste en el obrar u omitir del hombre que producen un conjunto de efectos en el mundo naturalístico. Dentro de tan amplio concepto, se identifica el resultado con un acontecimiento o suceso, comprendiéndose en él tanto el actuar, positivo o negativo, como los efectos producidos.
En un sentido más restringido, el término resultado debe separarse de la conducta para aludir, exclusivamente, a las modificaciones que la misma produce en el mundo fenomenológico.
- Autora/or de la definición
- TítuloManual de derecho penal mexicanoSubtítuloParte generalAutora/or de la PublicaciónFrancisco Pavón Vasconcelos (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición21Número de reimpresión1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012ISBN970-07-7406-0Página de la definición253
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