Citación
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La citación es el último medio de comunicación que pueden dirigir las autoridades judiciales a los particulares y consiste, precisamente, en un llamamiento hecho al destinatario de tal medio de comunicación para que comparezca o acuda a la práctica de alguna diligencia judicial fijándose, por regla general, para tal efecto, día y hora precisos.
- Autor de la definición
- TítuloTeoría General del ProcesoAutor de la PublicaciónCipriano Gómez Lara (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de edición9Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2000ColecciónTextos Jurídicos UniversitariosISBN970-613-113-2Página de la definición241
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La citación es un término genérico que se utiliza en el foro jurídico para denominar el acto de la autoridad por medio del cual llama a una persona determinada, que puede ser parte o no dentro del juicio, para que concurra cierto día y hora a la práctica de alguna diligencia. La autoridad puede realizar ...
La citación es un término genérico que se utiliza en el foro jurídico para denominar el acto de la autoridad por medio del cual llama a una persona determinada, que puede ser parte o no dentro del juicio, para que concurra cierto día y hora a la práctica de alguna diligencia.
La autoridad puede realizar este citatorio por cualquier conducto legal establecido por ley.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Procesal del TrabajoAutor de la PublicaciónRafael Tena Suck (Autor/a)Hugo Ítalo Morales (Autor/a)EditorialTrillasNúmero de edición7a.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2014ISBN978-607-17-1830-3Página de la definición107
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...son las resoluciones judiciales que deben hacerse saber a los litigantes y a todo el que de algún modo intervenga en la actuación. La forma externa o medio legal de hacer efectivo ese conocimiento constituye la notificación. ... La citación sólo puede ordenarla el juez durante la preinstrucción o...
...son las resoluciones judiciales que deben hacerse saber a los litigantes y a todo el que de algún modo intervenga en la actuación. La forma externa o medio legal de hacer efectivo ese conocimiento constituye la notificación.
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La citación sólo puede ordenarla el juez durante la preinstrucción o el proceso, el Ministerio Público, durante la averiguación previa, también acude a este medio para llevar a cabo el cumplimiento de sus disposiciones. El contenido es el siguiente:
I. La expresión del tribunal o autoridad que la ordena
II. El nombre de la persona citada.
III. El objeto de la cita, el lugar, día y hora en que se debe concurrir.
IV. El apercibimiento de ser presentado por la policía judicial o ser sancionado en caso de incumplimiento.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho procesal penalAutor de la PublicaciónCarlos Barragán Salvatierra (Autor/a)EditorialMcGraw-HillLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación1999ISBN970-10-2497-4Página de la definición270
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Citación: resolución que dicta un juez de garantía o jueces de un tribunal de juicio oral en lo penal en la que se ordena al imputado, la víctima, testigo u otra persona asistir un día y hora al tribunal.
- Autor de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición48
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Última Actualización05/04/2020
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