Inexistencia de los actos jurídicos

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Derecho civil
  • Con la expresión inexistencia de los actos jurídicos se alude a los aparentes actos que no llegan a nacer porque les falta alguno de los elementos esenciales: la voluntad o  consentimiento, el objeto o la solemnidad. [...] Los actos inexistentes no producen efecto legal alguno, no son susceptibles...

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    Con la expresión inexistencia de los actos jurídicos se alude a los aparentes actos que no llegan a nacer porque les falta alguno de los elementos esenciales: la voluntad o  consentimiento, el objeto o la solemnidad.

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    Los actos inexistentes no producen efecto legal alguno, no son susceptibles de confirmación ni pueden valer por prescripción. Su inexistencia puede invocarla todo interesado sin previa declaración judicial; es lo que se ha llamado la nada jurídica. Sin embargo, el acto inexistente puede provocar consecuencias o efectos como hecho jurídico; por ejemplo:

    a) Por faltar la voluntad. Juan vive en concubinato con María y tienen varios hijos. Él no deseó contraer matrimonio, pero su familia quiere que regularice su unión, por lo que un hermano de Juan se hace pasar por él, comparece junto con María y celebran matrimonio en nombre de Juan, sin que éste se oponga.

    b) Por falta de objeto. Juan, que es heredero único de Pedro, contrae deudas con Luis, quien lo amenaza de acusarlo por fraude. Para garantizar el pago de sus deudas, Juan cede a Luis sus derechos sobre la herencia que recibirá a la muerte de Pedro. Éste manifiesta su conformidad.

    c) Por falta de solemnidad. Juan y María contraen matrimonio, pero el juez del Registro Civil no comparece y el secretario efectúa la celebración, pensando recabar la firma del juez posteriormente; lo que no ocurre.

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  • Última Actualización
    22/05/2026
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