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El desistimiento puede ser definido como una renuncia procesal de derechos o de pretensiones. Al efecto, es necesario que nos refiramos a los tres tipos de desistimiento. desistimiento de la demanda; desistimiento de la instancia, y desistimiento de la acción. En el desistimiento de la demanda tenemos, en realidad, una actividad; una...
El desistimiento puede ser definido como una renuncia procesal de derechos o de pretensiones. Al efecto, es necesario que nos refiramos a los tres tipos de desistimiento.
- desistimiento de la demanda;
- desistimiento de la instancia, y
- desistimiento de la acción.
En el desistimiento de la demanda tenemos, en realidad, una actividad; una actitud del actor por cuyo medio retira el escrito de demanda, antes de que ésta, haya sido notificada al demandado. En este caso, la relación procesal aún no ha surgido. El desistimiento de la instancia implica, por el contrario, que el demandado ya ha sido llamado a juicio y entonces, se requerirá su consentimiento expreso para que surta efectos al desistimiento del actor. Finalmente, en el mal llamado desistimiento de la acción, lo que en realidad se tiene es una renuncia del derecho o de la pretensión, en este caso el desistimiento prospera aun sin el consentimiento del demandado.
- Autora/or de la definición
- TítuloTeoría General del ProcesoAutora/or de la PublicaciónCipriano Gómez Lara (Autora/or)EditorialOxfordNúmero de edición9Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2000ColecciónTextos Jurídicos UniversitariosISBN970-613-113-2Página de la definición19 y 20
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Abandono de la instancia, de la acción o de cualquier otro trámite judicial.
Observaciones: "Relató que el Tribunal en lo Criminal N° 27 resolvió su absolución en orden a los hechos materia de debate, atento la falta de acusación fiscal y al desistimiento de la denuncia oportunamente formulada".
- Autora/or de la definición
- TítuloGlosario Jurídico en Lenguaje ClaroAutora/or de la PublicaciónMaría Victoria Prícolo (Coordinador/a)EditorialEditorial JusbairesNúmero de edición1Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2019ISBN978-987-768-049-2Página de la definición31
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...el desestimiento se identifica con la renuncia de los derechos, en nuestra legislación éste corresponde a la renuncia de la acción o a la instancia ejercitada en el proceso. El trabajador o el patrón pueden desistirse de las acciones intentadas hasta antes de que se emita el laudo, dando por terminado el...
...el desestimiento se identifica con la renuncia de los derechos, en nuestra legislación éste corresponde a la renuncia de la acción o a la instancia ejercitada en el proceso. El trabajador o el patrón pueden desistirse de las acciones intentadas hasta antes de que se emita el laudo, dando por terminado el procedimiento, sin que se requiera consentimiento expreso de la contraparte.
El desestimiento de la acción produ ce la extinción del derecho que se hizo valer y de todos los actos procesales ejecutados antes de que se dicte el laudo, ya que al existir un pronunciamiento de derecho por las Juntas de Conciliación y Arbitraje es inadmisible este acto jurídico.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho Procesal del TrabajoAutora/or de la PublicaciónRafael Tena Suck (Autora/or)Hugo Ítalo Morales (Autora/or)EditorialTrillasNúmero de edición7a.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2014ISBN978-607-17-1830-3Página de la definición45
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Desistimiento: retractarse de la demanda después de que se ha notificado al demandado, con lo que se pierde el derecho de solicitar lo mismo nuevamente. En materia de familia existen excepciones a esta regla.
- Autora/or de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutora/or de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición17
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Desistimiento; se trata de la renuncia del actor al proceso promovido o del demandado a la reconvención.
- Autora/or de la definición
- TítuloFundamentos del derecho procesal civilAutora/or de la PublicaciónEduardo J. Couture (Autora/or)EditorialROQUE Depalma EDITORNúmero de edición3Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación1958ISBN0Página de la definición207
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Desitimiento es el acto de desistirse. Desistirse, a su vez, significa apartarse de alguna actividad que se está realizando, renunciar a ella, dejar de hacerla.
En el Derecho procesal el desitimiento puede referirse a la acción, a la demanda, a una prueba, a un recurso, a un incidente, etcétera.
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- TítuloDerecho Procesal CivilAutora/or de la PublicaciónEduardo Pallares (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición6°Lugar de publicaciónDistrito FederalAño de publicación1976ISBNS/NPágina de la definición112 y 113
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Última Actualización27/03/2026
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