Consentimiento

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Derecho civil
  • El consentimiento es la manifestación de voluntades concordantes, pero los actos jurídicos también pueden ser unilaterales; por tanto, basta con la manifestación de una sola voluntad. Así, la manifestación de la voluntad puede ser: Unilateral (el testamento). Bilateral (la compraventa). ...

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    El consentimiento es la manifestación de voluntades concordantes, pero los actos jurídicos también pueden ser unilaterales; por tanto, basta con la manifestación de una sola voluntad. Así, la manifestación de la voluntad puede ser:

    • Unilateral (el testamento).
    • Bilateral (la compraventa).
    • Plurilateral (la sociedad).

    El proceso de formación del consentimiento consta de dos etapas sucesivas: oferta (propuesta o policitación) y aceptación. La primera consiste en la promesa que una parte hace de dar una cosa o de hacer o no hacer un hecho, por ejemplo: la promesa de celebrar una compra venta. La segunda es el acto por el cual una parte admite o aprueba lo que otra le ha ofrecido o dejado, por ejemplo: la manifestación de la voluntad representativa del consentimiento de intervenir en un contrato de compraventa y cumplir con las obligaciones que de él se deriven, o el hecho de aceptar una herencia.

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  • Última Actualización
    22/03/2026
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