Acto administrativo
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La noción de acto administrativo ha dado lugar a mucho debate doctrinario por la disparidad de enfoques pero, en general, existe cierta uniformidad en definirlo como toda declaración de voluntad, dictada en ejercicio de función administrativa que produce efectos jurídicos individuales.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho Administrativo 1Autor de la PublicaciónEduardo Ávalos (Autor/a)Alfonso Buteler (Autor/a)Leonardo Massimino (Autor/a)EditorialAlveroni EdicionesLugar de publicaciónCórdoba, ArgentinaAño de publicación2014ISBN978-987-643-102-6Página de la definición145
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Decisión de una autoridad administrativa que produce consecuencias jurídicas.
Observaciones: "De los fundamentos de dicho acto administrativo se desprende que la declaración obedecía a facilitar la concurrencia de magistrados, fiscales, defensores oficiales, asesores tutelares y secretarios de dicho Fuero a la Actividad".
- Autor de la definición
- TítuloGlosario Jurídico en Lenguaje ClaroAutor de la PublicaciónMaría Victoria Prícolo (Coordinador/a)EditorialEditorial JusbairesNúmero de edición1Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2019ISBN978-987-768-049-2Página de la definición21
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Ofrecemos un concepto restringido de acto administrativo, entendido como declaración de voluntad formal de la Administración, sin carácter normativo, en ejercicio de sus potestades. Las decisiones no normativas resultantes de intervenciones protocolizadas con efectos ad intra o ad extra, repercutiendo sobre derechos o...
Ofrecemos un concepto restringido de acto administrativo, entendido como declaración de voluntad formal de la Administración, sin carácter normativo, en ejercicio de sus potestades. Las decisiones no normativas resultantes de intervenciones protocolizadas con efectos ad intra o ad extra, repercutiendo sobre derechos o intereses, se incluyen en esta comprensión de los actos, sin obviar otras formas de actividad.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho AdministrativoAutor de la PublicaciónRicardo Rivero Ortega (Autor/a)EditorialTirant Lo BlanchLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2019ISBN978-84-1313-928-9Página de la definición141
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El acto administrativo se puede definir como la declaración unilateral de la administración pública, centralizada y descentralizada, mediante el cual, en aplicación y ejecución de las leyes administrativas, se crean situaciones jurídicas concretas e individuales, o bien actos administrativos generales con...
El acto administrativo se puede definir como la declaración unilateral de la administración pública, centralizada y descentralizada, mediante el cual, en aplicación y ejecución de las leyes administrativas, se crean situaciones jurídicas concretas e individuales, o bien actos administrativos generales con destinatario indeterminado, pero determinable, así como actos materiales que en sí mismos no producen efectos jurídicos, pero pueden ser antecedente o condicionante de actos administrativos con efectos jurídicos.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho administrativoAutor de la PublicaciónFauzi Hamdan Amad (Autor/a)EditorialSuprema Corte de Justicia de la NaciónNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2017ColecciónApuntes de las cátedras impartidas en la Escuela Libre de Derecho 3ISBN978-607-468-938-9Página de la definición191
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La actividad administrativa del Estado se desarrolla a través de las funciones de policía, fomento y prestación de servicios públicos, lo cual requiere que la administración exteriorice su voluntad luego de cumplir los requisitos y procedimientos determinados en los ordenamientos jurídicos respectivos. El acto administrativo es el medio por...
La actividad administrativa del Estado se desarrolla a través de las funciones de policía, fomento y prestación de servicios públicos, lo cual requiere que la administración exteriorice su voluntad luego de cumplir los requisitos y procedimientos determinados en los ordenamientos jurídicos respectivos. El acto administrativo es el medio por el cual se exterioriza esa voluntad y puede conceptuarse como el acto jurídico unilateral que declara la voluntad de un órgano del Estado en ejercicio de la potestad administrativa y crea situaciones jurídicas conducentes a satisfacer las necesidades de la colectividad.
- PaísMéxico
- TipoTesis aislada
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroActo administrativo. Concepto.
- ÉpocaNovena
- InstanciaTribunales Colegiados de Circuito
- FuenteSemanario Judicial de la Federación y su Gaceta
- NúmeroTomo XV, Marzo de 2002
- FechaMarzo de 2002
- TesisI.4o.A.341 A
- Registro187637
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Artículo 2o. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por: Acto Administrativo: Declaración unilateral de voluntad, externa, concreta y ejecutiva, emanada de la Administración Pública del Distrito Federal, en el ejercicio de las facultades que le son conferidas por los ordenamientos jurídicos, que tiene por objeto crear,...
Artículo 2o. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:
- Acto Administrativo: Declaración unilateral de voluntad, externa, concreta y ejecutiva, emanada de la Administración Pública del Distrito Federal, en el ejercicio de las facultades que le son conferidas por los ordenamientos jurídicos, que tiene por objeto crear, transmitir, modificar, reconocer o extinguir una situación jurídica concreta, cuya finalidad es la satisfacción del interés general.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoLocal
- Fecha de Publicación1995-12-21
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Última Actualización14/12/2022
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