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La reextradición se produce cuando el individuo extraditado es a su vez reclamado por otro Estado en cuyo territorio cometió un delito distinto a aquel que ha dado lugar a su extradición.
- Autora/or de la definición
- TítuloTeoría del delitoAutora/or de la PublicaciónJosé De la Mata Amaya (Autora/or)José Miguel Sánchez Tomás (Autora/or)Rafael Alcácer Guirao (Autora/or)Juan Antonio Lascuraín Sánchez (Autora/or)Maximiliano Rusconi (Autora/or)Manuel Ulises Arturo Bonelly (Autora/or)José De los Santos Hiciano (Autora/or)EditorialEscuela Nacional de la JudicaturaNúmero de edición1Lugar de publicaciónRepública DominicanaAño de publicación2007ISBN978-9945-425-17-8Página de la definición95
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Re extradición: Esta figura surge cuando un Estado busca lograr la entrega de una persona que se encuentra en otro país, pero con la intermediación de un tercer Estado. No se trata de una nueva forma de extradición sino, en todo caso, de dos procedimientos.
- Autora/or de la definición
- TítuloEnciclopedia Jurídica de la Facultad de Derecho. UNAMSubtítuloTeoría de la Ley Penal y del DelitoAutora/or de la PublicaciónArturo Luis Cossío Zazueta (Autora/or)EditorialPorrúaLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2018TomoIXISBN978-607-09-2831-4Página de la definición90
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Registrado el15/03/2023
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Última Actualización27/07/2023
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