Fuero
-
El fuero es una excepción relativa a la regla de sometimiento general, de todas las personas, a la función jurisdiccional y es una institución que nació como una defensa de ciertos cuerpos legislativos frente a los soberanos. Actualmente, deber ser considerada una protección para que ciertos servidores públicos no sean sometidos a la jurisdicción.
- Autor de la definición
- TítuloTeoría General del ProcesoAutor de la PublicaciónCipriano Gómez Lara (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de edición9Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2000ColecciónTextos Jurídicos UniversitariosISBN970-613-113-2Página de la definición94
-
Cada división de los tribunales por especialidad. Ejemplo: Fuero Penal, Contravencional y de Faltas y Fuero Contencioso, Administrativo y Tributario.
Observaciones: "Entiendo que resulta impostergable el reconocimiento de que es el fuero penal de esta Ciudad el competente para investigar y juzgar los delitos llamados ordinarios".
- Autor de la definición
- TítuloGlosario Jurídico en Lenguaje ClaroAutor de la PublicaciónMaría Victoria Prícolo (Coordinador/a)EditorialEditorial JusbairesNúmero de edición1Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2019ISBN978-987-768-049-2Página de la definición35
-
- Autor de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición18
-
El fuero es, según su génesis, un privilegio que se confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como para mantener el equilibrio entre los Poderes del Estado, dentro de regímenes democráticos. No es lo que en la teoría del delito se llama excluyente de responsabilidad, que...
El fuero es, según su génesis, un privilegio que se confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como para mantener el equilibrio entre los Poderes del Estado, dentro de regímenes democráticos. No es lo que en la teoría del delito se llama excluyente de responsabilidad, que impediría en todo caso que la figura delictiva llegare a constituirse, sino un impedimento legal para que quien goce de esa prerrogativa no quede sometido a la potestad jurisdiccional.
- PaísMéxico
- TipoJurisprudencia
- SubcategoríaPoder Judicial de la Federación
- RubroControversias constitucionales. Fuero, concepto de.
- ÉpocaNovena
- InstanciaPleno
- FuenteSemanario Judicial de la Federación y su Gaceta
- NúmeroTomo III, Junio de 1996
- FechaJunio de 1996
- TesisP./J. 37/96
- Registro200104
-
Última Actualización23/04/2020
-
Consultas36067
-
Me gusta44