Derecho procesal civil
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Por tanto, el Derecho Procesal se llamará Derecho Procesal Civil al regular adjetivamente las relaciones jurídicas comprendidas en el Derecho Civil. Es decir, regulará las relaciones jurídicas que se susciten ante un juzgador, en el ejercicio de la función jurisdiccional o en el ejercicio de la función administrativa (jurisdicción...
Por tanto, el Derecho Procesal se llamará Derecho Procesal Civil al regular adjetivamente las relaciones jurídicas comprendidas en el Derecho Civil. Es decir, regulará las relaciones jurídicas que se susciten ante un juzgador, en el ejercicio de la función jurisdiccional o en el ejercicio de la función administrativa (jurisdicción voluntaria), si la controversia o la intervención administrativa del juez giran alrededor de lo que comprende el Derecho Civil.
- Autor de la definición
- TítuloDerecho procesal civilAutor de la PublicaciónCarlos Arellano García (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición12Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2011ISBN970-07-5643-2Página de la definición5
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El derecho procesal civil como ciencia ha sido definido como la disciplina jurídica que estudia el sistema de normas que tiene por objeto y fin la realización del derecho objetivo a través de la tutela del derecho subjetivo mediante el ejercicio de la función jurisdiccional. La actividad que su estudio representa debe partir de la ...
El derecho procesal civil como ciencia ha sido definido como la disciplina jurídica que estudia el sistema de normas que tiene por objeto y fin la realización del derecho objetivo a través de la tutela del derecho subjetivo mediante el ejercicio de la función jurisdiccional. La actividad que su estudio representa debe partir de la consideración del derecho procesal como un sistema integrado por normas complejas, desde luego, pero todas ellas coordinadas y dirigidas a la consecución de una misma finalidad, la del mantenimiento de la legalidad o defensa del derecho objetivo que alcanza, paralelamente, a la tutela o protección. del derecho subjetivo, puesto que la función jurisdiccional se ejerce tanto para satisfacer la necesidad de mantener la plenitud de la eficacia del derecho vigente como para llegar a su aplicación a los casos concretos que se planteen ante los órganos a los que está confinada.
El derecho procesal civil, como disciplina jurídica, tiene, pues, como objeto el estudio de aquellas materias que lo son de la regulación del derecho procesal civil positivo. La ciencia del derecho procesal civil tiene como objeto de sus investigaciones el derecho procesal civil.
El derecho procesal civil, considerado como una rama de la legislación, es el conjunto de normas destinadas a regular la función jurisdiccional en materia civil. Cuando se dice que el objeto del derecho procesal civil es la regulación del proceso civil, no se puede olvidar, al contrario, debe tenerse muy presente, que las normas procesales civiles no se refieren solamente a éste, sino que tienen una esfera de acción mucho más amplia.
- Autor de la definición
- TítuloInstituciones de derecho procesal civilAutor de la PublicaciónRafael de Pina Vara (Autor/a)José Castillo Larrañaga (Autor/a)EditorialPorrúaNúmero de edición29Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2007ISBN970-07-5652-1Página de la definición19
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El derecho procesal civil es la rama de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, desenvolvimiento y eficacia del conjunto de relaciones jurídicas denominado proceso civil.
- Autor de la definición
- TítuloFundamentos del derecho procesal civilAutor de la PublicaciónEduardo J. Couture (Autor/a)EditorialROQUE Depalma EDITORNúmero de edición3Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación1958ISBN0Página de la definición3
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Última Actualización21/06/2023
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