Bienes mostrencos

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Derecho civil
  • Los bienes mostrencos son los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se desconoce. El artículo 774 del Código Civil así lo establece.

Derecho civil
  • Los muebles abandonados o perdidos, se llaman "mostrencos"...

  • Aquellos bienes sin dueño conocido. Los muebles o semovientes que se encuentren perdidos o abandonados sin saberse su dueño. Se denominan mostrencos porque se debe mostrar o pregonar quién es su dueño. 

Derecho civil
  • Última Actualización
    28/09/2026
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