Autodefensa

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Derecho procesal
  • Consiste en la imposición de la pretención propia en perjuicio del interés ajeno. Aun cuando nos encontramos ante la legítima defensa por un tercero, este no actúa en interés propio, sino en el de otra persona que incluso puede desconocer, y que es la titular del derecho amenazado.  Las...

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    Consiste en la imposición de la pretención propia en perjuicio del interés ajeno. Aun cuando nos encontramos ante la legítima defensa por un tercero, este no actúa en interés propio, sino en el de otra persona que incluso puede desconocer, y que es la titular del derecho amenazado. 

    Las manifestaciones de la autodefensa se han clasificado en unilaterales o bilaterales; entre las primeras encontramos la echazón del derecho marítimo, y entre las segundas la guerra. 

     

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Derecho procesal
  • En la autodefensa las partes mismas, ya sea unilateral o bilateralmente, imponen la solución a su conflicto. Esta forma de solución se matiza con criterios de parcialidad y de egoísmo.

    Es practicamente el más fuerte o el más hábil quien lleva al triunfo su pretensión.

  • Registrado el
    09/09/2026
  • Última Actualización
    14/10/2026
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