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Si bien la evolución de las Constituciones presupone su reforma, los cambios y modificaciones constitucionales también se dan a través de mutaciones constitucionales. Muchas veces, como señala Georg Jellinek, la vida real produce hechos que no corresponden a la imagen racional que dibuja el legislador y que se vuelven...
Si bien la evolución de las Constituciones presupone su reforma, los cambios y modificaciones constitucionales también se dan a través de mutaciones constitucionales. Muchas veces, como señala Georg Jellinek, la vida real produce hechos que no corresponden a la imagen racional que dibuja el legislador y que se vuelven contra la misma norma. En consecuencia, el legislador “se enfrenta con poderes que se cree llamado a dominar pero frecuentemente se alzan, plenamente inadvertidos, contra él, atreviéndose incluso a sustituirle”.16
Dichos poderes, según señala Jellinek, no se arredran en ningún modo ante leyes más elevadas y profundas, por lo que las leyes fundamentales se establecen, de la misma forma que las demás, en el curso de los acontecimientos históricos. Esta premisa hace posible diferenciar a la reforma de la Constitución, entendida como la modificación de los textos constitucionales producida por acciones voluntarias e intencionales,17 de la mutación constitucional; esto es, la modificación que deja indemne su texto, sin cambiarlo formalmente, que se produce por hechos que no tienen que ir acompañados por la intención, o consecuencia, de tal mutación.18
Hesse señala sobre este punto que la realidad social, a la que van referidas las normas constitucionales, está sometida al cambio histórico, y éste en ningún caso deja incólume el contenido de la Constitución. Por ello, cuando se desatiende este cambio, el contenido constitucional queda petrificado, y a corto o largo plazo no podrá cumplir sus funciones. La forma de evitar este anquilosamiento de los contenidos de las Constituciones es garantizar la fuerza normativa de sus preceptos, lo que presupone conservar su identidad.
Observaciones: 16 Jellinek, Georg, Reforma y mutación de la Constitución, Bogotá, Leyer, 2006, p. 12. 17 Los cambios en los textos constitucionales pueden darse tanto mediante los procedimientos establecidos en el propio texto constitucional como a través de la revolución. Esto quiere decir que las modificaciones que alteran la letra de una Constitución, o en ocasiones la cambian completamente, se pueden dar no sólo siguiendo los cauces institucionales y normativos predispuestos en el texto constitucional, sino también mediante la fuerza de un poder que se impone. 18 Jellinek, Georg, op. cit., nota 16, p. 13.
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- TítuloLa Constitución de los Estados Unidos Mexicanos a 100 años de reformas.Autora/or de la PublicaciónRodrigo Brito Melgarejo (Autora/or)Rodrigo Brito Melgarejo (Autora/or)EditorialInstituto de Investigaciones Jurídicas, UNAMLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2016Tomol: artículos 1-49ISBN978-607-02-7664-4Página de la definición12-13
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Registrado el13/07/2026
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Última Actualización13/07/2026
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