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"Instruir", en el sentido en que se emplea procesalmente, quiere decir ilustrar al juez, enseñarle con sujeción a las reglas procesales, las pruebas con base en las que habrá de realizarse el juzgamiento del inculpado.....la instrucción es el momento procesal indicado para que las partes e inclusive el juez, aporten al proceso todas las...
"Instruir", en el sentido en que se emplea procesalmente, quiere decir ilustrar al juez, enseñarle con sujeción a las reglas procesales, las pruebas con base en las que habrá de realizarse el juzgamiento del inculpado.
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.la instrucción es el momento procesal indicado para que las partes e inclusive el juez, aporten al proceso todas las pruebas que estimen conducentes, para dar contestación a las interrogantes que surgen del conflicto de intereses que busca solución en la sentencia. Esas pruebas habrán de despejar las incógnitas que pueden resumirse en el qué, quién, cómo, cuándo, dónde y porqué.
- Autora/or de la definición
- TítuloPrograma de Derecho Procesal PenalAutora/or de la PublicaciónJulio A. Hernández Pliego (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición13Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2006ISBN970-07-6196-7Página de la definición181
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Documento que expedía la autoridad indiana (Consejo de Indias) o una con residencia en América, donde se otorgaban las reglas a seguir por la expedición, entre ellas: el tipo de actividades a realizar para lograr la hazaña, el comportamiento de los expedicionarios, las facultades y jurisdicción de las autoridades, como tomar la posesión de...
Documento que expedía la autoridad indiana (Consejo de Indias) o una con residencia en América, donde se otorgaban las reglas a seguir por la expedición, entre ellas: el tipo de actividades a realizar para lograr la hazaña, el comportamiento de los expedicionarios, las facultades y jurisdicción de las autoridades, como tomar la posesión de las tierras descubiertas, el trato a los indígenas, entre otras. En otras palabras, contenía todas las reglas que se debían ejecutar para el proceso de colonización en los territorios conquistados.
- Autora/or de la definición
- TítuloHistoria del derecho en MéxicoAutora/or de la PublicaciónAngélica Bucio Ramírez (Autora/or)EditorialRed Tercer MilenioNúmero de edición1Lugar de publicaciónEstado de MéxicoAño de publicación2012ISBN978-607-733-060-8Página de la definición34
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Etapa del proceso penal en la que se investiga un hecho para determinar si existen pruebas para llevar a la persona sospechosa a juicio oral o dejarla libre....
Etapa del proceso penal en la que se investiga un hecho para determinar si existen pruebas para llevar a la persona sospechosa a juicio oral o dejarla libre.
Observaciones: "Puede entonces tomarse como pauta orientadora que el mismo Juez "“entendido como la misma persona"“ que llevó adelante la instrucción y elevó a juicio la causa, se encuentra impedido para realizar el juicio y dictar sentencia con respecto a ese mismo caso".
- Autora/or de la definición
- TítuloGlosario Jurídico en Lenguaje ClaroAutora/or de la PublicaciónMaría Victoria Prícolo (Coordinador/a)EditorialEditorial JusbairesNúmero de edición1Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2019ISBN978-987-768-049-2Página de la definición40
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Es el procedimiento que inicia luego de dictado el auto de formal prisión o de sujeción a proceso y concluye con el auto que declara cerrada la instrucción, esto es, antes de que el Ministerio Público concretice la acusación en su escrito de conclusiones.
- Autora/or de la definición
- TítuloManual del justiciable materia penalAutora/or de la PublicaciónSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) (Autora/or)EditorialPoder Judicial de la FederaciónNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-712-283-8Página de la definición51
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La instrucción engloba, abarca y comprende todos los actos procesales, tanto del tribunal y de las partes en conflicto, como de los terceros ajenos a la relación sustancial; actos por los cuales se precisa, se determina el contenido del debate litigioso, y por los cuales también se desarrolla la actividad probatoria y se...
La instrucción engloba, abarca y comprende todos los actos procesales, tanto del tribunal y de las partes en conflicto, como de los terceros ajenos a la relación sustancial; actos por los cuales se precisa, se determina el contenido del debate litigioso, y por los cuales también se desarrolla la actividad probatoria y se formulan igualmente las conclusiones o alegatos de las partes. En la etapa de la instrucción, el objetivo que se persigue es instruir al juzgador. El nombre que designa a esta etapa así lo revela. La meta que se busca alcanzar en esta primera etapa del proceso es la de instruir al juzgador, esto es, provocarle un conocimiento acerca del litigio sobre el que en su oportunidad habrá de pronunciarse en la segunda etapa del proceso. Se trata, pues, de poner al juzgador en posición de pronunciar o de dictar una sentencia jurisdiccional que venga a resolver el conflicto de intereses. En resumen, el propósito que se busca en la instrucción es allegarle, acercarle al juzgador todo el material informativo para que se produzca el juzgamiento con la propiedad jurídica y lógica debidas.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho procesal civilAutora/or de la PublicaciónCipriano Gómez Lara (Autora/or)EditorialOxford University PressNúmero de edición6Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación1998TomoColección de textos jurídicos universitariosISBN970-613-276-7Página de la definición18
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Última Actualización15/06/2026
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