Frustración del fin

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  • La designación "frustración del fin", conecta con la descripción de un mismo fenómeno: no se cumple con un fin o función, legalmente esperado, por lo tanto, hay una frustración. En rigor, la frustración del fin revela un mismo tipo de patología: se incumple con la función...

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    La designación "frustración del fin", conecta con la descripción de un mismo fenómeno: no se cumple con un fin o función, legalmente esperado, por lo tanto, hay una frustración. En rigor, la frustración del fin revela un mismo tipo de patología: se incumple con la función debida. Tanto el contrato como la responsabilidad civil tienen un quicio particular, no se contrata ni se ordena una responsabilidad civil porque sí, sin ninguna finalidad o fin; digamos que debe tener un sentido, un por qué o un para qué (jurídico).

    Tanto en un caso como en otro (contrato o responsabilidad civil), la estructura conceptual de cada instituto jurídico responde, o está al servicio del cumplimiento de una finalidad legalmente establecida.

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  • Última Actualización
    27/04/2026
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