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La designación "frustración del fin", conecta con la descripción de un mismo fenómeno: no se cumple con un fin o función, legalmente esperado, por lo tanto, hay una frustración. En rigor, la frustración del fin revela un mismo tipo de patología: se incumple con la función...
La designación "frustración del fin", conecta con la descripción de un mismo fenómeno: no se cumple con un fin o función, legalmente esperado, por lo tanto, hay una frustración. En rigor, la frustración del fin revela un mismo tipo de patología: se incumple con la función debida. Tanto el contrato como la responsabilidad civil tienen un quicio particular, no se contrata ni se ordena una responsabilidad civil porque sí, sin ninguna finalidad o fin; digamos que debe tener un sentido, un por qué o un para qué (jurídico).
Tanto en un caso como en otro (contrato o responsabilidad civil), la estructura conceptual de cada instituto jurídico responde, o está al servicio del cumplimiento de una finalidad legalmente establecida.
- Autora/or de la definición
- TítuloTeoría del derecho aplicadaAutora/or de la PublicaciónLeandro Vergara (Autora/or)EditorialTirant Lo BlanchLugar de publicaciónValenciaAño de publicación2026ISBN979-13-7010-707-9Página de la definición252-253
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Registrado el27/04/2026
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Última Actualización27/04/2026
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