Código Civil
- Tipo de LegislaciónFederal
- EstadoVigente
- PaísHonduras
- Fecha1906-03-01
- Tipo de LegislaciónDecreto N° 76-1906
Domicilio
Artículo 60. El domicilio de una persona es el lugar en donde tiene su residencia habitual....
Bienes muebles
Artículo 601. Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, sea que solo se muevan por una...
Bienes fungibles
Artículo 609. Las cosas muebles se dividen en fungibles y no fungibles.Fungibles. Son las cosas en que todo individuo de la especie equivale a...
Derecho real
Artículo 610. Las cosas incorporales o derechos, se dividen en reales y personales.Derecho real. Es el que se tiene sobre una cosa sin...
Usufructo
Artículo 745. El usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia y de ...
Servidumbre
Artículo 799. Servidumbre predial, o simplemente servidumbre, es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto...