Código Civil

Honduras

  • Tipo de Legislación
    Federal
  • Estado
    Vigente
  • País
    Honduras
  • Fecha
    1906-03-01
  • Tipo de Legislación
    Decreto N° 76-1906
Domicilio

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Bienes muebles

Artículo 601. Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, sea que solo se muevan por una...

Bienes fungibles

Artículo 609. Las cosas muebles se dividen en fungibles y no fungibles.Fungibles. Son las cosas en que todo individuo de la especie equivale a...

Derecho real

Artículo 610. Las cosas incorporales o derechos, se dividen en reales y personales.Derecho real. Es el que se tiene sobre una cosa sin...

Usufructo

Artículo 745. El usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia y de ...

Servidumbre

Artículo 799. Servidumbre predial, o simplemente servidumbre, es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto...