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Artículo 49. ... Para efectos de esta Ley se entiende que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente, directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de...
Artículo 49. ...
Para efectos de esta Ley se entiende que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente, directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital, tengan poder decisorio en sus asambleas, estén en posibilidades de nombrar a la mayoría de los miembros de su órgano de administración o por cualquier otro medio tengan facultades de tomar las decisiones fundamentales de dichas personas morales.
Observaciones: La definición anterior está en el párrafo último del artículo 49 de la Ley, y adquiere utilidad por la obligación a cargo de los servidores públicos encargados de diversos tramos del ejercicio de presupuesto, de identificar este tipo de socios, a efecto de evitar la existencia de un conflicto de interés.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoGeneral
- Fecha de Publicación2016-07-18
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Registrado el25/10/2026
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Última Actualización25/10/2026
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Consultas8
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