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En términos generales, referidos al derecho subjetivo, la titularidad puede definirse como la cualidad por virtud de la cual una persona está invesitda del poder jurídico en que el derecho subjetivo consiste. Sobre este concepto la titularidad registral aparece cuando la relación jurídica o derecho subjetivo ha tenido acceso al Registro.
- Autora/or de la definición
- TítuloLecciones de Derecho Inmobiliario RegistralAutora/or de la PublicaciónPedro Faudos Pons (Autora/or)EditorialAtelierNúmero de edición1Lugar de publicaciónBarcelonaAño de publicación2008ColecciónManuales UniversitariosISBN978-84-96758-45-2Página de la definición105
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