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Pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marca de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas (incluidas las películas cinematograficas y grabaciones para radio o televisión, así como de...
Pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marca de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas (incluidas las películas cinematograficas y grabaciones para radio o televisión, así como de dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos y equipos industriales, comerciales o científicos), así como las cantidades pagadas por tranferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, u otro derecho o propiedad similar.
- Autora/or de la definición
- TítuloLexicología jurídicaAutora/or de la PublicaciónCarlos I. Muñoz Rocha (Autora/or)EditorialOxford University PressNúmero de edición1°Número de reimpresión7°Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2008ISBN978-151-293-275-1Página de la definición278
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Artículo 8o. Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, se entiende por regalías la remuneración económica generada por el uso o explotación de las obras, interpretaciones o ejecuciones, fonogramas, videogramas, libros o emisiones en cualquier forma o medio.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1996-01-04
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Última Actualización24/09/2026
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