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Se llaman instantáneos aquellos impuestos cuyo presupuesto de hecho es una "acción", es decir, un acto aislado y único que se agota en sí mismo. Por ejemplo, el impuesto a la adquisición de inmuebles que grava la celebración de un contrato de una venta de inmuebles.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho financiero mexicanoAutora/or de la PublicaciónSergio Francisco de la Garza (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición26Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2005ISBN970-07-5518-5Página de la definición395
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