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Son quienes no califican en los supuestos jurídicos que dan origen a la capacidad de nacional. Son nacionales de otro Estado. Cada orden jurídico concede derechos e impone obligaciones a los extranjeros que residan en el país o que, con motivo de hechos o actos jurídicos que realicen, las consecuencias respectivas se den en el territorio...
Son quienes no califican en los supuestos jurídicos que dan origen a la capacidad de nacional. Son nacionales de otro Estado. Cada orden jurídico concede derechos e impone obligaciones a los extranjeros que residan en el país o que, con motivo de hechos o actos jurídicos que realicen, las consecuencias respectivas se den en el territorio nacional. Esta capacidad especial se denomina "condición de extranjeros".
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho constitucional mexicanoSubtítuloTeoría de la Constitución. Origen y desarrollo de las Constituciones mexicanas. Normas e instituciones de la Constitución de 1917Autora/or de la PublicaciónJosé Gamas Torruco (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2001ISBN970-07-2749-1Página de la definición230
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... ?tiene el carácter de extranjero la persona física o moral que no tiene los requisitos establecidos por el sistema jurídico de un Estado determinado para ser considerada como nacional.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho Internacional PrivadoAutora/or de la PublicaciónCarlos Arellano García (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición14Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2001ISBN970-07-2926-5Página de la definición392
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