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Archivo provisional: facultad que tiene el fiscal para no continuar una investigación, cuando los antecedentes que posee no son suficientes para aclarar los hechos. Solo puede ejercerla en casos en que no haya intervenido un juez de garantía.
- Autora/or de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutora/or de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición47
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Registrado el05/04/2020
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Última Actualización05/04/2020
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