Tribunales Colegiados de Circuito
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Se integran por tres Magistrados y, entre otros asuntos, resuelven: (1) los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, en las materias civil, penal, laboral o administrativa, ya sea que la violación se cometa en ellas o durante el procedimiento; (2) los recursos que...
Se integran por tres Magistrados y, entre otros asuntos, resuelven:
(1) los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, en las materias civil, penal, laboral o administrativa, ya sea que la violación se cometa en ellas o durante el procedimiento;
(2) los recursos que procedan contra autos o resoluciones que pronuncien los Jueces de Distrito, los Tribunales Unitarios o el superior del tribunal responsable, cuando, entre otros casos, desechen una demanda de amparo o concedan o nieguen la suspensión definitiva;
(3) los recursos de revisión contra sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los Jueces de Distrito, Tribunales Unitarios o el superior del tribunal responsable;
(4) los recursos de revisión contra resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso administrativo federales y del Distrito Federal;
(5) los conflictos de competencia entre Jueces de Distrito o Tribunales Unitarios de Circuito en materia de juicios de amparo, y
(6) los asuntos delegados por el Pleno y las Salas de la Suprema Corte.
- Autor de la definición
- TítuloEl sistema jurídico mexicanoAutor de la PublicaciónEditorialSuprema Corte de Justicia de la NaciónNúmero de ediciónCuartaLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2006ISBN970-712-573-XPágina de la definición15
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Registrado el10/05/2020
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Última Actualización10/05/2020
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