Mostrar
-
Artículo 53. Se entiende por servicio social el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación1945-05-26
-
Última Actualización
-
Consultas3319
-
Me gusta0
Libro Destacado
Autora/or Destacada/or

