-
El servicio público impropio satisface una necesidad de interés general y corresponde a la actividad privada, regulada por leyes y reglamentos de policía, como el servicio de farmacias, panaderías, lecherías, carnicerías, supermercados, detallistas, el servicio de taxis, el servicio llamado de "peseros y otros". La intervención de la...
El servicio público impropio satisface una necesidad de interés general y corresponde a la actividad privada, regulada por leyes y reglamentos de policía, como el servicio de farmacias, panaderías, lecherías, carnicerías, supermercados, detallistas, el servicio de taxis, el servicio llamado de "peseros y otros". La intervención de la administración pública se justifica por el indudable interés público que ellas prestan.
Propiamente estas actividades sometidas por la administración a medidas de orden, salubridad, tarifas, precios, etc., no constituyen un servicio público, aunque satisfacen necesidades generales, pero pueden llegar a serlo en forma exclusiva por la propia administración o en concurrencia con los particulares... "
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho AdministrativoSubtítuloDoctrina, Legislación y Jurisprudencia. Primer CursoAutora/or de la PublicaciónAndrés Serra Rojas (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición24Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-07-4297-0Página de la definición126
-
Última Actualización
-
Consultas6312
-
Me gusta0
Libro DestacadoAutora/or Destacada/or

