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Lo que llamamos ?instrumentos de control? son, por tanto, mecanismos que tiene por objeto asegurar la aplicación de la política ambiental y sus instrumentos mediante la imposición, incluso por la fuerza, de las disposiciones jurídicas que los establecen, en el caso de desviaciones de las conductas humanas a las prescripciones jurídicas, es...
Lo que llamamos ?instrumentos de control? son, por tanto, mecanismos que tiene por objeto asegurar la aplicación de la política ambiental y sus instrumentos mediante la imposición, incluso por la fuerza, de las disposiciones jurídicas que los establecen, en el caso de desviaciones de las conductas humanas a las prescripciones jurídicas, es decir, en caso de conflictos jurídicos.
- Autora/or de la definición
- TítuloManual de derecho ambiental mexicanoAutora/or de la PublicaciónRaúl Brañes (Autora/or)EditorialFondo de Cultura EconómicaNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2000ColecciónSección de Obras de Política y DerechoISBN968-16-4364-XPágina de la definición251 y 252
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