Ingresos patrimoniales
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Los patrimoniales se definen como la contraprestación a los servicios que no corresponden a sus funciones de derecho público, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes del dominio privado, es decir, los ingresos que el Código Fiscal de la Federación denomina productos. Deben...
Los patrimoniales se definen como la contraprestación a los servicios que no corresponden a sus funciones de derecho público, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes del dominio privado, es decir, los ingresos que el Código Fiscal de la Federación denomina productos.
Deben considerarse como ingresos patrimoniales del Estado, los aprovechamientos que tienen su origen en las funciones de derecho público, como son multas, indemnizaciones, reintegros, participaciones, cooperaciones, regalías, etcétera.- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho Corporativo y la EmpresaAutora/or de la PublicaciónRoberto Sanromán Aranda (Autora/or)Angélica Cruz Gregg (Autora/or)EditorialCENGAGE LearningLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2008ISBN978-607-481-389-0Página de la definición113
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Registrado el01/09/2026
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Última Actualización01/09/2026
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