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El error recae en condiciones del hecho; así, puede ser de tipo o de prohibición. El primero es un error respecto de los elementos del tipo; en el segundo, el sujeto cree que no es antijurídico obrar.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho PenalSubtítulobanco de preguntasAutora/or de la PublicaciónGriselda Amuchategui Requena (Autora/or)Ignacio Villasana (Autora/or)EditorialOxford University PressNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2015ISBN978-607-426-528-6Página de la definición99
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Registrado el02/06/2026
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Última Actualización02/06/2026
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