Bien familiar
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Bien familiar: cosas de propiedad de uno o ambos cónyuges (como la casa o habitación de residencia principal de la familia y los muebles). No puede disponerse de ellas libremente pues se consideran básicos para la subsistencia de la familia.
- Autor de la definición
- TítuloGlosario de Términos JurídicosAutor de la PublicaciónEditorialPoder Judicial República de ChileNúmero de edición1Lugar de publicaciónChileAño de publicación2018ISBNSNPágina de la definición29
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Registrado el15/04/2020
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Última Actualización15/04/2020
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