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cuando requieren el consentimiento unánime de dos o más personas. Ejemplo: El matrimonio, los contratos.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerechoAutora/or de la PublicaciónAna María Zajac (Autora/or)Ana María Zajac (Autora/or)EditorialMaipueNúmero de edición2°Lugar de publicaciónBuenos AiresAño de publicación2001ISBN978-987-9493-07-6Página de la definición32
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Bilaterales: todos aquellos que requieren la participación de dos voluntades en su formación; para que se produzcan efectos jurídicos se necesita el consentimiento de dos personas, por ejemplo: todos los contratos, como el arrendamiento o la donación.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho civilSubtítuloIntroducción y personasAutora/or de la PublicaciónEdgard Baqueiro Rojas (Autora/or)Rosalía Buenrostro Báez (Autora/or)EditorialOxford University PressNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2010ColecciónTextos jurídicos universitariosISBN978-607-426-010-6Página de la definición106
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Registrado el18/06/2026
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Última Actualización01/10/2026
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