Protocolo ordinario

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Derecho civil
  • Artículo 76 Ter. El protocolo ordinario es el conjunto de libros formados por folios numerados y sellados en los que el Notario, observando las formalidades que establece la presente Ley, asienta y autoriza las escrituras y actas que se otorguen ante su fe, con sus respectivos apéndices. El protocolo ordinario es abierto, por...

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    Artículo 76 Ter. El protocolo ordinario es el conjunto de libros formados por folios numerados y sellados en los que el Notario, observando las formalidades que establece la presente Ley, asienta y autoriza las escrituras y actas que se otorguen ante su fe, con sus respectivos apéndices.

    El protocolo ordinario es abierto, por cuanto lo forman folios adquiridos a costa del Notario, encuadernables con número progresivo de instrumentos y libros.

    Los folios que forman el protocolo ordinario son aquellas hojas que constituyen la papelería oficial que el Notario usa para ejercer la función Notarial; son el sustrato o base material del instrumento público notarial, en términos de la presente Ley.

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    23/01/2026
  • Última Actualización
    23/01/2026
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