Órgano de facto
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... el órgano de facto es aquel cuya presencia y cuyo actuar no tiene razón legal, pues en ningún ordenamiento jurídico se ha previsto su creación y, menos aún, su organización y funcionamiento.
- Autor de la definición
- TítuloJuicio de amparoAutor de la PublicaciónManuel Bernardo Espinoza Barragán (Autor/a)EditorialOxfordNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2015ColecciónTextos jurídicos universitariosISBN978-607-426-521-7Página de la definición30
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Registrado el05/01/2023
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Última Actualización05/01/2023
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